a) Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) 2023/2831 de minimis (empresas con actividad de transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura):
La cuantía de la subvención será del 35 % del coste subvencionable de la actuación para grandes empresas, del 45 % para medianas y del 55 % para pequeñas.
b) Solicitudes destinadas a medidas de eficiencia energética en edificios:
La cuantía de la subvención será del 20 % del coste subvencionable de la actuación para grandes empresas, del 30 % para medianas y del 40 % para pequeñas.
c) Solicitudes destinadas a medidas de eficiencia energética distintas de las de los edificios:
La cuantía de la subvención será del 35 % del coste subvencionable de la actuación para grandes empresas, del 45 % para medianas y del 55 % para pequeñas.