Por fin ya hay fecha. Será el próximo 1 de marzo cuando los autoconsumidores españoles ya puedan oficialmente verter los excedentes que producen sus instalaciones a la red. El operador del sistema, Red Eléctrica, ya ha avisado a los agentes del sector, entre ellos, distribuidoras y comercializadoras, para que estén preparados para esa fecha en la que se ponen en marcha las modificaciones de los procedimientos de operación de medidas y de liquidaciones adaptados al RD 244/2019.
«A partir del 1 de marzo las comercializadoras podrán comprar el saldo, es decir, lo que consumen en conjunto sus clientes menos los excedentes de aquellos clientes que tengan autoconsumo», explica Javier Colón, de la consultora Neuro Energía.
En total, casi 11 meses han pasado desde que el Gobierno aprobara la nueva normativa que derogaba el denominado impuesto al sol, y daba la oportunidad a los autoconsumidores de ser compensados por sus excedentes a través de una factura neta, y de poder autoconsumir de forma colectiva.
El vuelco es total. Sin estar aún activo este procedimiento, al menos oficialmente, las instalaciones de autoconsumo solar en España se han duplicado y alcanzaron en 2019 los 459 MW. Se prevé que el crecimiento sea exponencial durante los próximos años y ya se habla de un potencial en España que ronda los 3 GW.
Ahora, las comercializadoras se convertirán en los interlocutores con Red Eléctrica para informarles sobre la liquidación de estos excedentes así como de los cambios que sufran las distintas instalaciones, ya sean de propiedad de la instalación, de tipo de autoconsumo o de tamaño, etc.
Los procedimientos de operación aprobados para ello son el 14.4 y el 14.8.
Los sujetos de liquidación que necesiten unidades de programación para la participación en mercado y liquidación de las distintas modalidades de autoconsumo aprobadas en dicha norma, pueden solicitar el alta de las unidades a Red Eléctrica, en caso de no disponer de ellas actualmente, para la programación del 1 de marzo de 2020.
Dentro de unos 18 días, el mecanismo que permite saldar en una única factura al consumidor que instale placas solares fotovoltaicas en su tejado el beneficio que se pueda obtener por el vertido de los excedentes que la instalación de generación produzca y no sean autoconsumidos será una realidad.
Hasta ahora algunas comercializadoras ya han ido trabajando y ofreciendo desde hace unas semanas este servicio de compensación por sus excedentes. Lo que sucedía es que la comercializadora de turno compraba todo el suministro para la instalación sin tener en cuenta los excedentes y si devolvía esos excedentes a su cliente era contra el margen de ese suministro.
Tal y como explicó en un artículo Javier Colón en el Periódico de la energía «las Comercializadoras que trabajen con este tipo de Autoconsumidores tendrán que adquirir menos energía, realizando unos pagos inferiores por la misma asociados fundamentalmente con el precio del mercado mayorista o Pool gestionado por OMIE, pero debiendo soportar el resto de costes (como pagos por capacidad, interrumpibilidad, restricciones…) por el total de energía consumida por sus clientes en barras de central sin tener en cuenta el descuento de los excedentes.»
Ahora solo toca disfrutar del descuento de la factura. Tengan en cuenta, señores autoconsumidores que con esta norma no se van a forrar.
Fuente: El Periódico de la energía